El asentamiento de la anotación marginal de rectificación de acta vía judicial en juicio ordinario civil o en jurisdicción voluntaria. Anotaciones marginales que conformen a la Ley del Registro Civil para el Estado de Sonora, Código de Procedimientos Civiles y Código de la Familia, Ordenamientos vigentes para el Estado de Sonora deban de asentarse (adopciones, divorcios, interdicción, cambio de régimen matrimonial, nulidad e inexistencia de actos, revocación de adopción, desconocimiento de paternidad, declaración de ausencia, presunción de muerte, paternidad y filiación, reconocimiento por resolución judicial, etc.).Anotación marginal de reconocimiento de hijo y legitimación.
Acta certificada y recibo de pago emitido por la caja de la Agencia Fiscal
30 Minutos.
De las resoluciones de complementación y rectificación de actas; las anotaciones marginales que se realicen en cumplimiento de disposiciones jurídicas o de resoluciones judiciales, causarán una cuota de $604.00.Precios vigentes apartir del 01 de Enero del 2022
Sólo en las Cajas de las Agencias Fiscales donde están las Oficialías del Registro Civil en el Estado